Esta semana ha empezado un curso sobre propiedad intelectual y licencias libres en Ártica Centro Cultural 2.0. Al tratarse de un tema que me interesa desde hace tiempo y sobre el cual no sé mucho, me apunté en seguida.
Este es el primer ejercicio del curso. Al principio me costó bastante encontrar la forma de resolverlo… pero me he puesto las pilas y he aprendido mucho! Con ganas ya de que sea lunes para comprobar las respuestas y resolver dudas 😉
1. Fórmula medicinal
Patente.
Marca si el nombre de esta fórmula está registrado como marca.
2. Título de una novela
Un título no puede tener copyright. Sí puede registrarse como marca.
3. Un ensayo sociológico producido por un docente en la UBA
Copyright. Dependiendo de la legislación del país donde está la UBA, el copyright protegerá al autor del ensayo (el docente) o al empleador del docente (la UBA). En cualquier caso, los derechos morales siempre serán del autor individual de la obra, independientemente de quién tenga los derechos patrimoniales.
4. Registro y publicación en un disco de un concierto de León Gieco
Copyright (derecho del autor) para el autor de la obra musical.
Derechos del intérprete (conexos) para el artista o intérprete de la obra musical.
Derechos de productor fonográfico (conexos) para los intermediarios en la producción, grabación o difusión de las obras.
Marca para la empresa que comercialice el disco.
5. Plantas con un carácter particular, desarrolladas por un fitomejorador en un laboratorio
Unión para la protección de obtenciones vegetales (UPOV).
Las obtenciones vegetales no se pueden patentar.
6. Emisión televisiva
Derechos del radiodifusor (conexos) para el organismo de radiodifusión.
Copyright (derecho de autor) en el caso de que se difunda una obra.
Derechos del intérprete (conexos) para el artista o intérprete de la obra que se difunda, si es el caso.
7. Fórmula de la Coca Cola
Secreto industrial.
Marca para Coca Cola.
8. Programa de computadora (fuente y objeto)
Copyright (derecho de autor). Los programas informáticos se incluyen en el campo de la creación literaria, científica y artística.
En algunos países se puede patentar, en otros no.
9. El color magenta
Dominio Público.
10. Poema de un autor fallecido en 1930
Puesto que el autor falleció en 1930, el poema en cuestión es de dominio público. Un poema está protegido con copyright (derecho de autor), cuya vigencia generalmente abarca la vida del autor y un mínimo de 50 años a partir de la fecha de fallecimiento. La vigencia depende de la legislación de cada país (per ejemplo en Estados Unidos y Europa la vigencia es de 70 años a partir de la fecha de muerte).
11. Un algoritmo matemático
Dominio Público. Una algoritmo matemático es un descubrimiento, no un invento, y como tal no está sujeto a protección.
12. Logo, colores identificatorios y nombre de una empresa
Marca.
13. Fotografía de un paisaje
Copyright (derecho de autor).
14. Argumento de una telenovela
En este caso tengo una duda, puesto que he encontrado informaciones aparentemente contradictorias:
– No puede estar protegido con copyright porque la protección por derecho de autor abarca únicamente las expresiones, no las ideas. En el caso de un argumento lo importante es la idea, no la forma como ésta se expresa.
– Copyright. La mayoría de entidades de gestión tienen establecidos unos porcentajes estándar de derecho de autor (en el caso del argumento, un 25 %).
15. Queso Parmessano
Indicaciones geográficas.
16. Coreografía de danza moderna
Copyright (derecho de autor). En algunos países una coreografía sólo podrá protegerse cuando esté fijada en un formato tangible.
17. Receta del locro
Dominio público puesto que se trata de una receta tradicional.
18. La Floralis Genérica (Escultura en el espacio público)
Copyright (derecho de autor).
19. Una canción de Atahualpa Yupanqui editada por Sony BMG, cantada por Mercedes Sosa
Copyright (derecho de autor) para Atahualpa Yupanqui.
Derechos conexos para Mercedes Sosa (como artista intérprete o ejecutante) y Sony BMG (como productor del fonograma).
Marca para Sony BMG.
20. Una noticia de un diario
Copyright para el autor o, según la legislación de algunos países, para el empleador (porque ha contratado esa persona para hacer este trabajo).
21. La foto de Messi con el diputado Olmedo
Copyright (derecho de autor) para el autor de la fotografía.
No hay problema de derecho a la imagen si la imagen no se utiliza con fines comerciales.
22. El gen de la semilla de soja resistente al glifosato
Unión para la protección de obtenciones vegetales (UPOV)
Las obtenciones vegetales no se pueden patentar en muchos países.